sábado, 8 de mayo de 2010

ABUSOS SEXUALES DE LA IGLESIA


ABUSOS SEXUALES EN LA IGLESIA Y SU SISTEMA DE PROTECCIÓN
Por: Carlos Lombardi (MDZOL)
Lunes 26 de abril de 2010
Un reconocido experto mendocino en derecho constitucional, especializado en asuntos religiosos, da su extensa opinión sobre los abusos de menores cometidos por miembros de la Iglesia. Y se pregunta: ¿En Mendoza no hay registros de abusos de este tipo, como los que surgen a diario en el mundo?.
Los abusos sexuales de parte de miembros del clero católico nuevamente tomaron estado público ante otra oleada de casos, que en esta oportunidad comprende a países como Irlanda, Alemania, Holanda, Italia y Suiza.
El escándalo que tomara estado público en EE.UU. en el año 2000, devenido ahora en bochorno, ha merecido de la jerarquía eclesiástica no sólo explicaciones sino justificaciones diversas. Agrupemos algunas por su principal característica:
a) Ensañamiento contra la Iglesia Católica: manía persecutoria reflejada en declaraciones que ponen énfasis en supuestas campañas de descrédito de la Iglesia, que intentan minar su credibilidad, eventuales complots laicistas, ataques a la institución y al Papa. Ejemplo, las declaraciones del arzobispo de La Plata Héctor Aguer: “En estos últimos días los ataques a la figura del papa Benedicto XVI, a su persona y a su acción, han sido tan feroces y tan conectados globalmente que merecen una reflexión y una respuesta” (Cf. “Claves para un Mundo Mejor”, América TV). En la misma línea, las palabras de Giuseppe Versaldi, obispo de Alessandria, Italia (Cf. “El escándalo de los abusos sexuales de menores”).
b) Minimizar el problema: son sólo algunos sacerdotes los abusadores y un porcentaje mínimo de delitos. Como si uno, cien o mil abusos sexuales cambiaran la situación. Un solo caso de abuso sexual contra un niño, no denunciado, ni sancionado, convierte al autor, y los cobardes que omitieron la denuncia, en criminales. Sólo en Irlanda fueron miles los menores abusados: “Tras nueve años de pesquisas y más de 2.000 testimonios, una investigación ha concluido que la cúpula de la Iglesia católica irlandesa conocía el abuso "endémico" al que eran sometidos los 35.000 niños que entre los años cincuenta y los ochenta se acogieron a sus instituciones” (Cf. “La Iglesia católica irlandesa conocía el abuso "endémico" de 35.000 niños”, en www.elpais.com, 14/04/2010). La investigación a la que alude la nota es el informe Murphy, que fuera precedido por el informe Ryan.
c) La generalización: no sólo en la iglesia se producen casos de abusos sexuales, sino en otras instituciones como en escuelas y religiones no católicas. Por lo tanto es injusto hacer hincapié sólo en la Iglesia Católica. Ejemplos: las declaraciones del portavoz de la Santa Sede: “Ciertamente, los errores cometidos en las instituciones y por responsables eclesiales son particularmente reprobables, dada la responsabilidad educativa y moral de la Iglesia”. “Pero todas las personas objetivas e informadas saben que la cuestión es mucho más amplia, y concentrar las acusaciones sólo en la Iglesia lleva a falsear la perspectiva” (en www.zenit.org/article-34573?l=spanish).
d) Pedidos de perdón: contenidos en discursos vacíos, por parte de aquellos obispos que han tenido responsabilidad por no haber denunciado oportunamente a las autoridades civiles los abusos, incluido Benedicto XVI con su carta a los católicos de Irlanda.
e) Gestos y discursos infames y grotescos: como el del primado irlandés, Séan Brady, quien entregara en mano a un niño la carta del Papa a los católicos de ese país (ver foto que acompaña la nota titulada “El Papa indigna a las víctimas de abusos en Irlanda”, en www.publico.es); o el discurso del predicador papal Raniero Cantalamessa quien el pasado viernes santo comparó los “ataques” al Papa con el antisemitismo; o las declaraciones del cardenal colombiano Darío Castrillón Hoyos quien envió en 2001 a un obispo francés una carta donde lo felicitaba por no haber denunciado ante las autoridades civiles a uno de los curas de su diócesis, que había abusado sexualmente de nueve menores (Cf. www.elpais.com/.../cardenal/felicito/prelado/encubrir/abusos/menores/).
f) Hipocresía y cinismo: como las declaraciones de Ratzinger: “Comparto la desazón y el sentimiento de traición"... "He decidido escribir esta carta pastoral para expresaros mi cercanía, y proponeros un camino de curación, renovación y reparación" (Carta pastoral de Benedicto XVI a los católicos de Irlanda). Cabe recordar que este señor fue quien firmó en 2001 las “Normas para los Delitos más graves”, cuando era prefecto de la Congregación de la Doctrina de la Fe, donde se ordenaba a los obispos a someter las causas de abusos sexuales al secreto pontificio.
g) Nueva defensa del celibato: como las declaraciones del presidente del Consejo Pontificio para la Promoción de los Cristianos, el cardenal alemán Walter Kasper, quien afirmó que “el celibato no tiene relación con los abusos sexuales de menores cometidos por sacerdotes” (fuente AFP). Sin embargo, se pregunta el teólogo disidente Hans Küng “¿Pero por qué de manera masiva en la Iglesia católica, dirigida por célibes? Evidentemente, el celibato no es la única razón que explica estos errores. Pero es la expresión estructural más importante de una postura tensa de la Iglesia católica respecto a la sexualidad, que se refleja también en el tema de los anticonceptivos” (¡Abolid la ley del celibato!, en www.redescristianas.net).
h) Responsabilizar a los propios niños y jóvenes de “tentar” a los sacerdotes: como fue la vergonzosa expresión del obispo de Tenerife: "Puede haber menores que sí lo consientan -refiriéndose a los abusos- y, de hecho, los hay. Hay adolescentes de 13 años que son menores y están perfectamente de acuerdo y, además, deseándolo. Incluso si te descuidas te provocan" (en www.elmundo.es, 27/12/2007).
i) Faltas de ética: según el vocero papal, “ni Crimen sollicitationis ni el Código de Derecho Canónico han prohibido nunca informar sobre los casos de abuso sexual de niños a las autoridades judiciales competentes”. Sin embargo, los hechos que tomaron estado público reconocen una constante: la imposición del silencio a las víctimas y la falta de colaboración de la Iglesia para con las autoridades civiles.
j) Obstaculizar la actividad de los órganos del Estado: como fue la negativa de Giuseppe Leanza - Nuncio de la Santa Sede en Irlanda -, quien fue convocado a testificar ante una “comisión parlamentaria que investigaba la cooperación de la iglesia con las investigaciones del encubrimiento. Leanza, les dijo a los legisladores en una carta publicada por la prensa, que no respondería a las preguntas de la comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento irlandés: "Quiero informarles que no es práctica de la Santa Sede que los nuncios apostólicos comparezcan ante comisiones parlamentarias" (Fuente AP).
k) El ya clásico “somos todos pecadores”: “Siempre hubo problemas porque somos todos pecadores, pero en este tiempo han sido señalados hechos realmente muy graves” (Claudio Hummes, prefecto de la Congregación para el Clero, en www.lanacion.com.ar/nota, 07/01/2008).
l) Respuestas corporativas: las diversas declaraciones de las conferencias episcopales respaldando la figura del papa; la invitación efectuada por el cardenal Claudio Hummes a los sacerdotes de todo el mundo a expresarle su apoyo.
Es lógico que ante el fenomenal bochorno se hayan brindado las explicaciones y justificaciones que en muy breve síntesis se han agrupado. Los obispos han razonado conforme a la impresión que el suceso causó en sus mentes; no sobre el hecho y las causas del mismo. Las opiniones pueden ser correctas respecto a la impresión, pero no respecto al fenómeno o hecho generador de esa impresión.
En ninguno de los argumentos mencionados surge un real abordaje de las causas de un fenómeno histórico, de antigua data, como es el de los abusos sexuales. El catolicismo oficial actual (de corte integrista y neoconservador), mira para otro lado al momento de analizar públicamente las causas de los abusos sexuales.
Las raíces del problema no son externas, sino institucionales. Se extienden desde la malsana y patológica visión que de la sexualidad tienen los obispos (de donde surgen, no sólo la epidemia de abusos sexuales, sino una serie de fenómenos que conforman la “cuestión sexual” dentro de la Iglesia); la forma de ejercer el poder dentro de la institución; y una estructura y organización excluyentes que no ofrecen ámbitos ni instancias de contención a las víctimas.
A esas causas se le suma la garantía de protección para los curas pedófilos: un orden jurídico diseñado de tal forma que en vez de asegurar la tutela de los derechos y garantías de las víctimas, ha contribuido en la práctica a encubrir a los sacerdotes delincuentes y dejar impunes miles de casos de abuso sexual. Estas son las claves del asunto que las autoridades eclesiásticas omiten analizar y que convierten en vacías e hipócritas sus declaraciones. Veamos algunos detalles y proyecciones:
a) La visión de la sexualidad de los obispos católicos: de características malsana y patológica está plasmada en la doctrina que ellos mismos elaboran. Visión de “expertos” que es causa no sólo de la pedofilia y los abusos sexuales, sino de otros fenómenos casualmente relacionados con el ejercicio de la sexualidad, a saber: 1. El problema del celibato y continencia sexual, los efectos psicológicos en el clero con el consiguiente daño psíquico al propio clero, y patrimonial a terceros involucrados (ejemplo, mujeres e hijos que se mantienen en la clandestinidad). Doble vida de los sacerdotes; 2. Represión de la homosexualidad, tanto de seminaristas, curas y obispos para poder ejercer el ministerio sacerdotal; 3. Purga en los seminarios y discriminación por razones sexuales. Daño moral, por cuanto la institución se entromete ilegalmente en una manifestación del derecho a la intimidad de los sacerdotes, como es su sexualidad; 4. La educación sexual que los jóvenes reciben en el seminario. Posibilidad de los padres de poder controlar los planes y currícula sobre la materia; 5. Los ascensos dentro de la institución debidos a favores sexuales, sobre todo en el Vaticano (Cf. David Yallop, El Poder y La Gloria, Planeta, 2007); 6 La discriminación a las mujeres católicas, violación de la igualdad de oportunidades para acceder a cargos directivos; 7. Discriminación de los sacerdotes casados con hijos, a quienes se los somete a un proceso judicial vejatorio y humillante, considerándose el matrimonio que contraen como un “delito”; 8. El problema de los curas misioneros violadores de monjas en diversos países, mayoritariamente en África, que fuera informado por la revista National Catholic Reporter en el año 2001 y planteado en el Congreso de abades, priores y abadesas de la orden benedictina celebrado en Roma en septiembre de 2000; 9. La injerencia de la institución en las políticas públicas de los Estados, obstrucción de la legislación relativa a los planes relacionados con la salud reproductiva y comienzo y fin de la vida; 10. La obstrucción de la Santa Sede a las políticas emanadas de organismos internacionales como la O.N.U. en materia de derechos de género, salud sexual y reproductiva. Su oposición a la despenalización de la homosexualidad. Asimismo, el incumplimiento de resoluciones emanadas del Parlamento europeo, por ejemplo, la referida a la violencia sexual contra las mujeres y en particular contra religiosas católicas, aprobada en Estrasburgo el 5 de abril de 2001. Esta fenomenología puede encuadrarse bajo el rótulo de “cuestión sexual” dentro de la institución.
b) La forma de gobierno monárquica: donde el ejercicio abusivo y arbitrario del poder por parte de los obispos ha permitido la no reparación del daño ocasionado a las víctimas de abusos sexuales. Forma de gobierno anacrónica en una época donde la consolidación de derechos humanos como la participación de los individuos, la igualdad, la publicidad de actos de gobierno, la democracia, la responsabilidad de los funcionarios y el pluralismo ético caracteriza las relaciones entre el poder y las personas. Forma de gobierno que tampoco tiene sustento evangélico sino político.
c) Una estructura excluyente: donde la organización y el funcionamiento grupal no brindan espacios ni instancias de inclusión sino al revés, de exclusión. Lo sufren no sólo las víctimas de los abusos sexuales, sino también otros colectivos que integran la institución: por ejemplo, los divorciados vueltos a casar; comunidades homosexuales, mujeres, curas casados con hijos, teólogos que investigan libremente, políticos que no adhieren al pensamiento del magisterio ordinario, auditorías en congregaciones de religiosas.
Es claro que la estructura de la institución resulta no sólo excluyente y discriminatoria sino, en muchos aspectos, obsoleta. Las planificaciones pastorales resultan ineficaces. El laicado constituye un subgrupo social, “el rebaño”, la clase discente que es gobernada por la clase docente (el clero), y se la mantiene en la ignorancia. En esta estructura arcaica el catolicismo oficial ha fomentado entre el laicado la “obediencia de cadáver” y “el ejercicio del mal banal, concepto arendtiano que describe el mal producido por la completa incapacidad de pensar”… “la genuina idiotez de quienes no cuestionan las órdenes, y consideran que “se encuentran protegidos moralmente por ese blindaje que permite la obediencia” (Cf. Gonzalo Gamio Gehri, Autonomía moral, mal banal y catolicismo retro: comentarios a un texto de R. Carvallo, en www.gonzalogamio.blogspot.com). Comenta el autor citado: “Ellos cumplen y se sienten buenos y se declaran católicos porque la moral no se funda en la autonomía sino en la sujeción jerárquica a la autoridad. En este sentido, obedecer significa renunciar a la libertad, una paradoja macabra para el ser humano”. El concepto de mal banal puede aplicarse al desempeño institucional y personal de todos aquellos que callaron por obediencia durante decenas de años los abusos sexuales contra niños y niñas.
d) El ordenamiento jurídico: convertido en herramienta para proteger a los sacerdotes abusadores al contener numerosas normas violatorias de principios, derechos y garantías reconocidas en ordenamientos jurídicos nacionales e instrumentos internacionales de derechos humanos. El propio sistema jurídico ha contribuido a la impunidad de miles de casos y es la garantía de impunidad.
Conforme sostuvo Sandra Buxaderas (“El Papa indigna a las víctimas de abusos en Irlanda” (20/03/2010 www.publico.es), “El sumo pontífice no aclara si los obispos deberán tomar la iniciativa y denunciar en los tribunales a presuntos pederastas. Se limita a decir: "Seguid cooperando con las autoridades civiles". Tampoco especifica si se debe expulsar a los pederastas. Sólo habla de "aplicar plenamente el derecho canónico".
“Aplicar plenamente el derecho canónico” ¿significa que en el mismo existen derechos y garantías suficientes para reparar los daños a los niños y niñas que fueron abusados sexualmente?
2. Planteo del problema
El común denominador que surge de las declaraciones de las víctimas y las denuncias ante la justicia civil, está compuesto por hechos que de ningún modo traslucen justicia ni reparación del daño, a saber: el transcurso del tiempo que permitió la prescripción de miles de abusos sexuales (disfrazado de “tiempo prudencial”, para que el cura delincuente repare el escándalo); el silencio de obispos y cardenales (disfrazado de discreción y cautela); la omisión de denunciar a las autoridades públicas los delitos (disfrazada con el argumento que el sistema canónico no prohíbe a las víctimas hacer denuncias ante las autoridades públicas); todos hechos que permitieron que en la práctica surgiera la figura del encubrimiento y protección de los sacerdotes delincuentes. Aquellos hechos fueron reconocidos por la jerarquía tanto expresamente, como de manera implícita no sólo en los vacíos pedidos de perdón sino en la carta pastoral que Benedicto XVI envió a los católicos de Irlanda.
Ahora bien. Si la institución contaba con documentos que abordaban el fenómeno de los abusos sexuales, instrucciones sobre cómo proceder cuando se detectaban dichos casos, cánones relativos al proceso judicial, al delito propiamente dicho y sus sanciones, era de esperar que todos esos elementos y herramientas conformaran un sistema jurídico aceitado donde los derechos y garantías de las víctimas fuesen tutelados.
Sin embargo, del análisis del plexo de documentos, normas y procesos, nos encontramos con un ordenamiento jurídico que ha servido (y sirve), para proteger a los sacerdotes delincuentes y que, además, es violatorio de principios y garantías constitucionales, reconocidas también en tratados internacionales sobre derechos humanos (recordemos que la Declaración Universal de los Derechos del Hombre es de 1948).

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